Una de las mayores frustraciones con el servicio del internet sucede cuando se contrata una conexión y no se recibe la velocidad de ancho de banda publicitada.
La velocidad experimentada es menor que la contratada por varias razones —como el uso simultáneo de la conexión por varias personas, la cantidad de memoria libre que tiene el equipo informático, la calidad y estado del router —, pero la principal es la tecnología de acceso al internet.
Las tecnologías más comunes en el país son las de banda ancha fija (alámbricas) y las móviles (inalámbricas).
Dentro las de banda ancha fija predominan tres: las que emplean la red de cobre, las híbridas que emplean la red coaxial de televisión por cable con las de fibra óptica, y las que son solo de fibra óptica. Las dos primeras sufren de problemas de congestión si hay muchos usuarios conectados al mismo tiempo y no permiten acceso a muy altas velocidades. A pesar de ello, aún son las de mayor presencia en el mercado. Solamente un 5% de las conexiones de internet fijo son de fibra óptica.
Por otro lado, la banda ancha móvil ha ido creciendo muy fuerte. La migración hacia tecnologías móviles de últimas generaciones ha permitido elevar también el acceso a mayores velocidades de internet de 45% a 70% en los últimos tres años. Sin embargo, las velocidades móviles aún se encuentran muy por debajo que las de internet fijo de fibra óptica, situación que podría revertirse con la llegada del 5G, que ofrecería velocidades cien veces más rápidas.
La prevalencia de tecnologías de acceso de baja velocidad relativa y sujetas a congestión, es lo que ha motivado que el servicio generalmente se ofrezca bajo el atributo de “velocidad mínima garantizada”. Actualmente la regulación establece que este parámetro debe ser de 40%.
Uno de los proyectos de ley del Congreso en ciernes plantea elevar la velocidad mínima garantizada de las conexiones a la internet ofrecida en los contratos del 40% al 90%
A primera vista parece razonable la propuesta. Sin embargo, esta desconoce que una industria de redes como la de telecomunicaciones se diseña en base a una congestión esperada óptima De lo contrario, sería demasiado caro el servicio e ineficiente.
En la época de la telefonía fija tradicional del mundo analógico, los usuarios tenían que esperar muchos minutos en la hora pico simplemente para recibir el tono de marcar. Supuestamente el servicio telefónico contratado “garantizaba” hacer llamadas, pero solo con la implementación de la tecnología digital se pudo superar esta restricción en la calidad del servicio. Ello implicó un fuerte programa de inversiones y la existencia de un marco institucional y reglas de juego estables.
Ahora la situación es similar en el sentido que se requiere reemplazar la obsoleta red de cobre por una red de fibra óptica, y promover la mayor penetración de la tecnología 4G y así como la transición hacia la generación 5G en banda ancha inalámbrica.
Son esfuerzos de inversión bien elevados: aproximadamente mil dólares por vivienda atendida en el caso de banda ancha fija. Más que regular parámetros de calidad, se trata de promover inversiones en banda ancha tanto fija como móvil en un entorno de competencia. En lugar de generar sobrecostos regulatorios como la “mínima velocidad garantizada”, o de otras iniciativas igualmente desenfocadas como la de regular vía una ley los contratos entre empresas y usuarios, o la acumulación de megas de internet; la solución pasa por un marco regulatorio que incentive a las empresas a que inviertan en fibra en un entorno de competencia, y en asignar una mayor cantidad de espectro radioeléctrico para la banda ancha inalámbrica
El internet es un mercado con varias empresas compitiendo en tecnologías, precios, y calidades de servicio. Pero subsisten riesgos regulatorios que disminuyen los inventivos a la inversión. Solo se debe regular precios y calidad de servicio en el caso de la presencia de un monopolio, y este no es el caso del mercado de internet. Más que añadir regulaciones, se requiere eliminar los riesgos regulatorios. El Proyecto de Ley no solo es redundante, sino que constituye también una transgresión a la autonomía técnica de organismo regulador especializado.